Mostrando entradas con la etiqueta RDL 9/2013. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta RDL 9/2013. Mostrar todas las entradas

domingo, julio 21, 2013

Autoconsumo - La fruta prohibida

Miguel Angel - Capilla Sixtina
Entre los anteproyectos de Real Decreto que la Secretaría de Estado de la Energía ha remitido a la Comisión Nacional de Energía (CNE) se encuentra el relativo al autoconsumo.

El sector fotovoltaico ha declarado sin paliativos que el marco propuesto imposibilita directamente el desarrollo de este modelo de negocio ya que lejos de incentivar el desarrollo del mismo lleva asociado un coste extraordinario por kWh generado en concepto de "peaje de respaldo".

En palabras del Ministro del sector, este peaje se concibe para evitar que existan "free riders" que se aproveche de los usos de la red a coste cero. Es decir si la instalación de autoconsumo vuelca energía a la red lo hace a coste cero, sin generar un crédito por la energía generada y además debe pagar los costes de uso de la red por la que transita la energía que ha volcado.

Esto quiere decir en primer lugar que la figura de Balance Neto no se contempla. Y conceptualmente es razonable pensar que si estás haciendo uso de la red pagues por ello. Se podría aducir que en la medida que estás aportando energía esta al menos debería ser retribuida a precios del mercado mayorista, pero esto se descarta de manera taxativa. Es decir volcar energía a la red es un coste extraordinario sin contraprestación. Además el llamado "peaje de respaldo" es mayor que el peaje de uso como consumidor con lo que se prima que se compre la energía de la red en lugar de generarla.

Hay quienes aducen que esto es lógico ya que existe una sobrecapacidad de potencia de generación instalada.

Lo que resulta más chocante es que aunque no vuelques energía a la red también debas incurrir en el costo del "peaje de respaldo". Es decir, si instalas una fuente de generación que nunca hace uso de la red y por tanto solo minora la energía que compras de la misma, aunque no haces uso de la red, tienes que pagar el peaje. Conceptualmente no tiene mucho sentido, al menos desde el punto de vista del usuario. Solo tiene sentido si estás creando un recargo específico dedicado a retribuir a quien no vende su energía o cobra por su transporte. 

Lógicamente uno podría argumentar que la reducción del consumo también puede provenir de que has instalado equipos más eficientes y por lo tanto no tiene sentido pagar más. ¿O sí?.

Si uno lee el artículo "Reforma del sector eléctrico - Cosas veredes" uno descubre que el argumentario utilizado como justificación de las medidas acometidas (página 5 del RDL 9/2013), entre ellas que al usuario final le suba la luz un 3,2%, es que el consumo se ha caído un 2,3%. Así que en vez de buscar una eficiencia en costes, como ocurre con el resto de los impuestos, si los que pagan menguan se les sube el concepto a los que quedan y se cuadra la ecuación. Ya sabemos porque suben los impuestos, la luz, y el "peaje de respaldo".

Para ver el impacto del "peaje de respaldo" he realizado una pequeña variación del modelo que se presento en el artículo "El futuro del Balance Neto". En este caso he considerado solo una instalación de autoconsumo instantaneo. Esto significa que no se va a volcar energía a la red y que nos ayuda a reducir en un 30% aproximadamente consumo de energía proveniente de la red. Y se analiza en 2 escenarios; con y sin "peaje de respaldo".


La conclusión es que para alcanzar la paridad de red, con la Tarifa de Último Recurso (TUR) ó Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC), se pasa de amortizar la instalación en 10 años a requerir hacerlo en 20. Los temores del sector fotovoltaico parecen fundados.

He añadido, además del precio de la TUR a partir del 1 de Agosto de 2013, el precio de Mercado Libre. Lo pongo a modo de referencia porque es muy posible que la llamada PVPC haga honor a su concepto de Precio y más pronto que tarde cierre el hueco con la referencia del Mercado Libre.

Cada uno puede sacar su conclusiones, pero yo creo que tal y como indique en el artículo "¿Los aranceles afectarán al sector fotovoltaico?" existe mucho recorrido en futuras reducciones de precios de los paneles fotovoltaicos y una tendencia natural de las energías convencionales hacia el incremento de sus costes variables. Amén de una tendencia acusada de todo nuestro entorno europeo hacia un modelo de generación eléctrica distribuido.

No se pueden poner puertas al campo...





sábado, julio 13, 2013

Reforma del sector eléctrico - Cosas veredes

Como quería estar seguro que la valoración que realicé tras la rueda de prensa del Consejo de Ministros del día 12 de Julio de 2013 no pecaba de excesivamente dura y desproporcionada, me he dedicado a tratar de desentrañar el Real Decreto Ley 9/2013 de la misma fecha.

He adjuntado el vínculo para que cualquiera pueda analizarlo. Dispone de 42 páginas que prácticamente no dicen nada que no estuviera recogido en los "aproximadamentes" que se plasmaron en la presentación de la rueda de prensa.

Un Real Decreto Ley es un mecanismo de urgencia, para poner en marcha con carácter inmediato una serie de medidas.

La única medida que entrará de manera urgente, el 1 de Agosto de 2013, es la única realmente definida que es la subida de la Tarifa de Ultimo Recurso renombrada como Precio Voluntario del Pequeño Consumidor. El resto de medidas necesita de un desarrollo reglamentario que requerirá su tiempo de modo que el Real Decreto Ley lo que marca es una fecha de aplicación pero sin concretar el que se aplicará.

Pero invito a cualquiera a invertir algo de tiempo en la lectura del documento. En el se realiza un preámbulo explicativo que se desarrolla a lo largo de 13 páginas de las 42 que lo conforman. Es decir casi 1/3 es una auto justificación del porque se hacen las cosas que se van a hacer cuando se definan.

La explicación es tediosa, pero extremadamente interesante porque hace un recorrido exhaustivo por la extensa y desmadejada actividad regulatoria que ha acontecido, en particular desde Diciembre del 2010 hasta hoy. Es evidente que ningún inversor o agente puede percibir el sector eléctrico español como predecible y transparente cuando se ha llegado al record de emitir hasta 3 normas con rango de ley en menos de un año. Y por supuesto hablar de Seguridad Jurídica una entelequia.

Pero lo más sorprendente son las razones que el Ministerio presenta como fundamentales para que se haya precisado desarrollar este nuevo marco normativo. Recomiendo la lectura de las página 5 que voy a sintetizar a fin de simplificar el lenguaje y hacer que sea entendible:

1) El invierno/primavera de 2013 ha sido más lluvioso y ventoso de lo esperado. Por lo que se ha producido una mayor contribución de la energía hidráulica y eólica. Esta última ha recibido en ese periodo mayores primas de las esperadas (es lo que se quiere contabilizar en el déficit de tarifa) pero el precio del mercado como consecuencia de lo anterior se ha reducido en un promedio de casi un 30% (14 €/MWh). 

Voy a traducirlo a números porque como todavía no lo entiendo alguien me lo podrá explicar: Mayores primas a la eólica en el primer trimestre según datos de CNE por valor de 600 M€ y menores costes del mercado eléctrico en el primer trimestre al desplazarse las tecnologías convencionales más caras por valor de 1.400 M€.

O sea la primera razón es que como consecuencia de que el invierno ha sido como debería ser, aunque ya no estemos acostumbrados, el sistema se ha ahorrado 1.400-600 = 800 M€ y por lo tanto esto es un desastre.

2) El Gobierno se había equivocado al pensar que la caída del consumo eléctrico por la crisis en lugar de ser un 0,3% ha sido un 2,3% en tasa interanual y por ello se ha cobrado menos de le presupuestado.

O sea que como el Gobierno ha hecho mal o muy voluntarista el presupuesto del 2012 pues tendrán que pagar los que no se han equivocado, consumidores incluidos.

3) El Gobierno ha decidido incumplir el Real Decreto Ley 6/2009 de 30 de Abril que le obligaba a presupuestar con cargo a los PGE (Presupuestos Generales del Estado) los costes extraordinarios de los sistemas insulares y extrapeninsulares.

O sea que como el Gobierno no ha cuadrado otras partidas de costes en los PGE (Presupuestos Generales del Estado), y para cumplir con el Déficit del Estado del 6,3% decide unilateralmente no cubrirlos en su totalidad. Y ya puestos si no lo cumple en 2013 pues tampoco se cumple en años venideros y todos tan contentos. Ya pagarán los de siempre este capítulo que en realidad es un trasvase de no ahorros en otros conceptos ajenos al sector eléctrico.

4) Esta es la mejor, de verdad. Porque el Gobierno se había comprometido con la Comisión Europea, dentro del plan de reformas a presentar, que la correspondiente al sector eléctrico se presentara en el primer semestre. Si el contenido está desarrollado o no es una derivada de segundo orden por lo visto.

Las razones 1), 2) y 3) muestran que el Déficit de Tarifa o bien se debe a errores presupuestarios del Gobierno o bien a contabilizar solo lo malo y no lo bueno.

La razón 4) no la comentaré.

Entiendo que todas pueden precisar esfuerzos por parte de todos para dar salida a la difícil situación, no solo del sector eléctrico, por la que atraviesa el país. Pero hacerlo buscando poner en la picota a determinados agentes responsabilizándoles de lo que ocurre y no asumiendo por quien tiene que asumirlo las responsabilidades y consecuencias me parece deshonesto.

Al igual que en el anterior artículo, si el tono no es el adecuado o los datos no son correctos no dudaré en disculparme y enmendar lo que haga falta. Pero mi decepción y desconcierto va en aumento. No creo que el sector eléctrico se merezca este desorden.